23 febrero 2012

Citas - Salvador Sostres (vacaciones)

"Otro gran exceso de la socialdemocracia es el funesto concepto (...) de las vacaciones pagadas. Todo concepto que incluya el cobrar sin trabajar -en cualquiera de sus versiones- y el no pagar por lo que consumes o usas es letal. (...) Necesitar descansar es una debilidad y ser débiles debería de avergonzarnos en lugar de este festivo pensar todo el tiempo cómo vamos a organizar nuestros días de descanso. Glorificar las vacaciones es de vagos y maleantes."
Salvador Sostres. El Mundo, 24-05-2010

19 febrero 2012

Sobre el matrimonio

Según el diccionario de la Real Academia Española el matrimonio es la "unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales", con la siguiente segunda acepción: "en el catolicismo, sacramento por el cual el hombre y la mujer se ligan perpetuamente con arreglo a las prescripciones de la Iglesia", siendo "las prescripciones de la Iglesia", según su Catecismo, que dicha unión esté orientada "a la generación y educación de la prole" (1)

Según la edición en español de la Wikipedia, "el matrimonio es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros", y sobre el significado de conyugal dice: "en Derecho, se denomina cónyuge a cualquiera de las personas físicas que forman parte de un matrimonio", sin que se incluyan en la definición las referencias "hombre-mujer" ni "procreación".

¿Por qué no coinciden las definiciones? ¿Qué entendemos hoy por "matrimonio" la mayoría de las personas? ¿Una unión de dos personas de distinto sexo con la finalidad de procrear y fundar una familia? ¿Qué es una familia? ¿Sólo hay familia cuando hay hijos? Si la voluntad de procrear es un requisito del matrimonio, ¿no podemos hablar de matrimonio en el caso de personas jóvenes que no desean tener hijos? ¿Tampoco serían matrimonios los enlaces de personas que por su edad ya no pueden reproducirse? ¿Y si la edad no es un impedimento pero sí lo es la salud? Es decir, ¿sólo podríamos hablar de matrimonio en el caso de "parejas reproductoras" con contrato civil matrimonial vigente o sacramento religioso equivalente? Y si no es así, si también podemos hablar de matrimonio cuando no existe propósito reproductivo, ¿tienen también derecho al matrimonio las personas del mismo sexo? ¿Se las puede excluir? ¿Por qué motivos? Y si el argumento fundamental es el de la reproducción, ¿se puede negar el derecho al matrimonio a dos lesbianas, teniendo en cuenta la posibilidad de fertilizaciones artificiales o uniones puntuales con finalidad reproductiva?

¿Es más o menos "matrimonio" el de las parejas, con el contrato matrimonial en regla, que aspiran a tener descendencia propia que el de aquellas que, con el mismo contrato matrimonial, se plantean adopciones? Si deben tener la misma consideración, ¿qué ocurre si una pareja de homosexuales varones quiere casarse para adoptar posteriormente?

El concepto previo, subjetivo, que se tenga de matrimonio (como de familia), condicionará la respueta de todas estas preguntas. Es decir, dado que utilizamos unas mismas palabras para definir realidades distintas, no hay " una respuesta", lo que hay son "respuestas distintas". También es verdad que, en la mayoría de casos, no se presentan problemas: el matrimonio en general se "practica" como la unión de una mujer y un hombre, en la mayoría de los casos con un proyecto añadido de tener descendencia (pero con muchas excepciones sobre este aspecto reproductivo, cada vez más numerosas). Pero esta realidad estadística no permite ignorar los grupos minoritarios, o incluso los individuos aislados, que se salen "de la normalidad general" pero al mismo tiempo pretenden tener "los mismos derechos" que sus conciudadanos.

Por lo tanto, tenemos más de un reto pendiente. El primero, pensar cómo hemos de gestionar este asunto de aparente imposible resolución relativo al consenso sobre el significado de las palabras "matrimonio" y "familia". ¿Tenemos sólo un problema terminológico? ¿O el aparente problema terminológico esconde uno de mucho más calado?

El segundo, no ignorar la existencia de las minorías mencionadas, ya que por el hecho de ser minoritarias no merecen una menor atención

El tercero, no olvidar tampoco "el problema estadísticamente mayoritario": en muchas sociedades actuales el derecho al matrimonio desgraciadamente no pertenece todavía al propio sujeto, sino que es gestionado por el grupo social al que se pertenece (padres, familia, clan). Muchas mujeres, también hombres, son casados contra su voluntad, y una vez casados obligados a vivir según modelos y normas impuestos por la fuerza, la fuerza de la costumbre silenciosa o la fuerza bruta (o ambas al unísono). En algunos países es un drama generalizado, y en todos, presente en algún grado. Porque el machismo, la misoginia y el control de la reproducción femenina por parte de los distintos poderes (familiares, civiles y religiosos) ha marcado toda la historia de la humanidad, una losa de la que, en alguna medida, no se libran ni las sociedades más avanzadas.

Hablar del derecho al matrimonio obliga a hablar de muchas cosas, quizás demasiadas cosas al mismo tiempo... Pero todas merecen ser habladas.

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(1) Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1601, www.vatican.va/archive/catechism_sp/index_sp.html